La normativa DIN 18799-1 es fundamental para la instalación y seguridad de las escaleras fijas verticales en edificios industriales y estructuras técnicas.
Estas escaleras, que permiten el acceso a zonas elevadas para tareas de inspección, mantenimiento o reparación, deben cumplir con esta normativa específica para garantizar la seguridad de los trabajadores y la conformidad con los estándares técnicos.
Esta regulación, de origen alemán, establece los requisitos técnicos y de seguridad para las escaleras verticales fijas instaladas en el exterior de los edificios.
Junto con la DIN 18799-3, que aborda los accesorios, proporciona una guía completa para asegurar que estas estructuras sean fiables y seguras durante su uso.
¿Qué es la normativa DIN 18799-1 para escaleras verticales de seguridad?
La Normativa DIN 18799-1 es una normativa técnica que define los criterios para el diseño, la fabricación y la instalación de escaleras verticales fijas en exteriores. Estas escaleras suelen utilizarse para acceder a tejados, cubiertas, plataformas elevadas o zonas de difícil acceso, especialmente en entornos industriales.
El objetivo principal de esta normativa es garantizar la seguridad del usuario durante el ascenso y descenso, minimizando el riesgo de caídas y lesiones.
Establece parámetros claros sobre la altura máxima permitida por tramo, el uso de elementos de protección anticaídas, la distancia mínima a la pared, y otros aspectos que influyen directamente en la ergonomía y seguridad estructural de la escalera.
Además, la norma se aplica principalmente a escaleras que forman parte de la infraestructura fija de un edificio, no a escaleras móviles ni temporales. Por ello, su cumplimiento es especialmente relevante en sectores como la construcción, la industria energética, la ingeniería de edificios o la gestión de instalaciones técnicas.
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Principales requisitos según la Normativa DIN 18799-1
La normativa DIN 18799-1 establece una serie de requisitos técnicos obligatorios para garantizar que las escaleras verticales fijas sean seguras y funcionales. Estos requisitos se centran principalmente en la altura de subida, la división por tramos, y la posición del peldaño superior, entre otros aspectos clave.
Altura de subida y tramos
Uno de los criterios más importantes que recoge la normativa es el relacionado con la longitud máxima de un tramo de escalera. Según la Normativa DIN 18799-1:
- Si la altura de subida supera los 10.000 mm (10 metros), la escalera debe dividirse en tramos más cortos, incorporando desplazamientos intermedios. Estos desplazamientos actúan como zonas de descanso y ayudan a reducir el riesgo de fatiga o caídas durante el ascenso o descenso.
- La longitud máxima permitida por tramo es de 10.000 mm.
- Los desplazamientos deben colocarse a distancias regulares, aunque también pueden planificarse otras alturas según las necesidades específicas del proyecto.
Existe una excepción a esta regla: si la estructura del edificio no permite incluir desplazamientos, se puede instalar una escalera de un solo tramo, incluso por encima de los 10.000 mm. En ese caso, es obligatorio incorporar un descansillo de seguridad como medida sustitutiva.
Posición del último peldaño
Otro aspecto fundamental de la normativa es la correcta integración de la escalera con la salida superior:
- El peldaño superior debe estar colocado de forma que quede al mismo nivel que la superficie de salida, garantizando una transición segura entre la escalera y el tejado o plataforma.
- Además, la distancia entre el último peldaño y el nivel de salida no puede superar los 75 mm. Esto asegura que no haya escalones o saltos peligrosos al finalizar el ascenso.
Este detalle, aunque puede parecer menor, es clave para evitar accidentes en una de las fases más críticas del uso de una escalera: el acceso final a la cubierta o área elevada.
Recuerda que existen diferentes normativas de escaleras de gato en España según su uso específico:
DIN 18799-1: Regula las escaleras de gato para acceso a zonas elevadas en entornos industriales, excluyendo rutas de evacuación.
DIN 14094-1: Establece los requisitos para escaleras de gato como rutas de evacuación y rescate en emergencias.
EN ISO 14122-4: Regula el acceso seguro a maquinaria y plataformas de trabajo en instalaciones industriales.
Distancias y espacio libre
Para que una escalera vertical fija sea segura y cómoda de utilizar, la normativa DIN 18799-1 también establece requisitos relacionados con las distancias mínimas entre la escalera, la pared y los puntos de fijación. Estos detalles aseguran que haya suficiente espacio para el cuerpo del usuario y que la estructura esté correctamente anclada.
Entre peldaños y pared
Uno de los aspectos más importantes es el espacio disponible entre los peldaños y cualquier obstáculo vertical, como una pared, ya que influye directamente en la comodidad y seguridad del ascenso.
- La distancia mínima recomendada desde el borde delantero del peldaño hasta la pared es de 200 mm. Esta medida garantiza que los pies del usuario puedan apoyarse sin dificultad y que haya suficiente espacio para las piernas.
- En situaciones donde haya obstáculos fijos, como tuberías u otros elementos estructurales, se permite reducir esta distancia a un mínimo de 150 mm, siempre y cuando no se comprometa la seguridad.
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Fijación de la escalera
La correcta sujeción de la escalera a la estructura del edificio es otro punto crítico que regula la norma. Una escalera mal fijada puede volverse inestable, especialmente con el uso repetido o bajo condiciones climáticas adversas.
- La fijación estándar debe colocar el eje del larguero de la escalera a una distancia de 210 mm del edificio.
- Las distancias entre fijaciones no deben superar los 2.000 mm, y siempre que sea posible, se recomienda que estas fijaciones se coloquen justo por debajo de los peldaños, para una mayor estabilidad.
Respetar estos valores no solo garantiza la solidez estructural de la escalera, sino también la confianza del usuario al utilizarla, algo fundamental en tareas que requieren precisión y concentración.
Requisitos de seguridad adicionales
Además de las dimensiones y distancias estructurales, la normativa DIN 18799-1 establece ciertos elementos de seguridad obligatorios cuando la escalera alcanza alturas significativas. Estas medidas están diseñadas para prevenir accidentes graves, especialmente caídas desde grandes alturas, que son uno de los riesgos más comunes en este tipo de estructuras.
Protección dorsal (arco de seguridad)
Cuando una escalera supera los tres metros de altura, es obligatorio incorporar una protección dorsal que rodee al usuario mientras sube o baja. Esta protección, también conocida como arco de seguridad o jaula de protección, actúa como una barrera física que impide que el cuerpo se desplace hacia atrás en caso de pérdida de equilibrio.
- La instalación del primer anillo de la protección dorsal debe situarse a una altura de entre 2.200 mm y 3.000 mm desde el nivel del suelo.
- La protección dorsal es obligatoria cuando la altura de subida supera los 3.000 mm.
Este componente es especialmente importante cuando se trata de escaleras en zonas expuestas al viento, al agua o en entornos industriales donde el riesgo de resbalones o fatiga es mayor.
Protección anticaídas
Otra alternativa a la jaula de protección es el uso de sistemas de protección individual anticaídas, como líneas de vida verticales o guías con arneses. Estos sistemas ofrecen una seguridad adicional personalizada, especialmente útil cuando las escaleras son muy altas o el acceso debe restringirse a personal cualificado.
- En caso de utilizarse este tipo de protección, la escalera solo puede ser utilizada por personas formadas, capacitadas en el uso correcto del sistema anticaídas.
- También existe la posibilidad de instalar una protección permanente contra caídas como parte del diseño de la escalera, disponible bajo solicitud.
Ambas opciones, jaula de protección o sistema individual, deben seleccionarse en función del uso previsto, el entorno de trabajo y el nivel de riesgo identificado.
Requisitos para la zona de salida
La normativa DIN 18799-1 establece criterios específicos para garantizar una transición segura entre la escalera vertical y la superficie a la que se accede (como un tejado o plataforma). Entre los principales requisitos se encuentran:
- Distancia máxima permitida: La distancia entre la escalera y el nivel de salida no debe superar los 75 mm. Esto garantiza que el usuario pueda pisar con firmeza al abandonar la escalera sin riesgo de tropiezos o caídas.
- Escalón de salida: En configuraciones estándar, donde la distancia entre la escalera y el edificio es de 210 mm, se requiere un escalón de salida para cumplir con el límite de distancia permitido y facilitar una transición segura.
- Elementos de protección: Cuando la zona de salida no cuenta con sistemas de protección colectiva, es obligatorio instalar barandillas laterales a ambos lados de la escalera o en ambos lados del trayecto hacia el área accesible (como el tejado). Estas barandillas cumplen una función clave en la prevención de caídas una vez que se ha abandonado la escalera.
Conclusión
La normativa DIN 18799-1 proporciona un marco técnico claro para el diseño, instalación y uso de escaleras fijas verticales de seguridad, especialmente en entornos industriales o de mantenimiento de edificios. Los requisitos detallados para cada componente —desde la fijación, la protección dorsal, hasta la zona de salida— tienen como objetivo principal garantizar la seguridad del usuario durante todo el recorrido.
El cumplimiento de estos requisitos no solo asegura una instalación adecuada, sino que también minimiza los riesgos de accidentes, especialmente en alturas elevadas. Las empresas y responsables de mantenimiento deben asegurarse de que las escaleras verticales cumplan rigurosamente con esta normativa, incluyendo las medidas adicionales como protección anticaídas y salidas seguras, adaptadas a cada caso específico.
Tabla resumen de la Normativa Normativa DIN 18799-1 Escaleras Verticales de Seguridad
Categoría | Requisito según Normativa DIN 18799-1 |
Altura de subida y tramos | Tramos no pueden superar los 10.000 mm. Si se supera, debe haber desplazamiento o descansillo. |
Posición del último peldaño | El peldaño superior debe estar al nivel de la salida. |
Distancias y espacio libre | Desde peldaño a pared: mínimo 200 mm (150 mm si hay obstáculos). |
Entre peldaños y pared | Mismo requisito: mínimo 200 mm (reducible a 150 mm). |
Fijación de la escalera | Distancia estándar al muro: 210 mm. Máxima distancia entre fijaciones: 2.000 mm. |
Protección dorsal (arco) | Obligatoria a partir de 3.000 mm de altura. Altura del primer aro: entre 2.200 y 3.000 mm. |
Protección anticaídas | Solo para personas formadas. Disponible bajo solicitud. |
Zona de salida | Distancia máx. a nivel de salida: 75 mm. Necesario escalón de salida si hay 210 mm al muro. |